Preguntas frecuentes por nuestros usuarios
¿ Los servicios de internet son servicios esenciales?
SÍ. El MinTIC expide el Decreto 464 del 23 de marzo de 2020 declarando que los servicios de internet y televisión son esenciales (artículo 1º).
¿ Los operadores de internet pueden suspender labores de instalacion, mantenimiento y adecuacion de las redes requeridas para la operación del servicio?
NO. En el artículo 1º del Decreto 464 del 23 de marzo de 2020 expedido por el MinTIC se establece que los PRST “…no podrán suspender las labores de instalación, mantenimiento y adecuación de las redes requeridas para la operación del servicio.”
¿ Los operadores puede cortar la prestacion de los servicios de internet por falta de pago?
SÍ. La CRC mediante la Resolución No. 5951 del 26 de marzo de 2020 dispone que los usuarios de televisión por suscripción e internet tienen la obligación de pagar oportunamente la factura. Ahora bien, bajo la premisa que son servicios esenciales esta Comisión exhorta a los operadores a que les brinden a los Usuarios facilidades de pago.
¿ Los operadores de internet pueden cortar la prestacion de los servicios cuando pese a las facilidades de pago los usuarios se niegan a pagar?
La Resolución CRC No. 5951 del 26 de marzo de 2020 no releva a los Usuarios de la obligación de pago oportuno. INGENIERIA Y REDES DEL CARIBE S.A.S avisará a los Usuarios los cortes del servicio que realizará por falta de pago.
¿ Los operadores de internet estan obligados a condonar las deudas de los usuarios?
NO. En el artículo 4 de la Resolución CRC No. 5951 del 26 de marzo de 2020 se establece que durante el término que perdure la emergencia no podemos cobrar intereses por mora. Lo anterior no implica condonaciones de las sumas que los usuarios deben.
¿ La facturacion y las respuestas a las PQRs pueden ser enviadas al correo electronico del usurio?
SÍ. La Resolución CRC No. 5956 del 19 de marzo de 2020 permite que el operador emita la respuesta a la PQRs por correo electrónico, aunque no haya sido el mismo medio por el que se presentó o el Usuario no lo haya autorizado expresamente. Esta misma norma faculta al operador a enviar la factura por correo electrónico aun cuando el Usuario no lo haya autorizado. Si no se cuenta con el correo electrónico INGENIERIA Y REDES DEL CARIBE S.A.S enviara via whatsapp previo autorizacion al momento de entregado el servicio el usuario brindara el numero de contacto para dicho envio.

